EMPRESAS | BENEFICIOS FISCALES DEDUCCIÓN DE IMPUESTOS EN LAS DONACIONES A LA FUNDACIÓN PELUFFO GIGUENS

De acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes, las empresas que realicen donaciones a la Fundación Peluffo Giguens podrán exonerar hasta un 75% de su valor de la Renta Neta Fiscal, mientras que el 25% restante podrá deducirse como gasto en el cálculo de la Renta Neta. Lo máximo que podrán deducir las empresas por concepto de donaciones al amparo de este Régimen, está topeado y será del 5% de la Renta Neta del ejercicio.

EJEMPLO

A efectos de una mejor comprensión, la siguiente sería la situación de una empresa que tiene una Renta Neta Fiscal de USD 100.000 y desea efectuar una donación a la Fundacion Peluffo Giguens.
1) Como máximo podrá deducir en carácter de Donaciones al amparo de este Régimen, el 5% de la Renta Neta Fiscal que en el corriente ejemplo son USD 5.000. 2) De esos USD 5.000 que estaría donando a la Fundación Peluffo Giguens, USD 3.750 los recuperará inmediatamente a través de Certificados de Créditos de la DGI, que podrá aplicar al pago de los impuestos anuales (IRAE, Impuesto al Patrimonio por ejemplo) o al pago de los anticipos de impuestos mensuales. Esto quiere decir que la recuperación del 75% de la donación efectuada al amparo de este régimen, es casi inmediata. 3) A su vez, cuando liquide el IRAE anualmente, podrá deducir el restante 25% (100% que donó, menos 75% que recuperó inmediatamente) del impuesto. Por lo tanto, habrá otro 6.25%. 4) En suma entonces, estará recuperando por cada USD 100 invertidos USD 81.25 (75% + 6.25%). En el caso de la empresa hipotética que nos donará USD 5.000, podría deducir a través del IRAE y de otros impuestos la suma de USD 4.062.50; o sea que los USD 5.000 donados, le cuestan efectivamente a la empresa USD 937.50.

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